Desde el próximo 15 de mayo y hasta el día 17 del mismo mes, se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena – Colombia, la reunión anual de la Red Internacional de Competencia (ICN o International Competition Network), y en la cual, numerosas autoridades de competencia (incluyendo a la Superintendencia de Industria y Comercio) y representantes de agencias no gubernamentales (NGO’s) participarán en interesantes mesas de trabajo a efectos de abordar los problemas prácticos relacionados con la libre competencia económica.1
Este año, la ICN se ocupará fundamentalmente de las estrategias y retos que tienen las autoridades de competencia frente a las economías digitales, la innovación, y cómo tales aspectos impactan la definición de la política de libre competencia económica.2
De tiempo atrás, hemos venido abordando importantes discusiones en torno a conceptos como el de economías digitales y/o economías disruptivas, sus manifestaciones en diferentes materias (p.e. el intercambio o la prestación de bienes y/o servicios en entornos colaborativos, internet de las cosas, servicios financieros, inteligencia artificial, y comercio electrónico) y cómo ellas compiten con las formas tradicionales de producción de bienes y/o servicios.
Así las cosas, se espera que en esta ocasión, los participantes puedan abordar en detalle los retos que se le imponen a las autoridades de competencia en esas realidades, que por esencia resultan cambiantes y no pueden ser abordadas desde los métodos y conceptos tradicionales en materia de libre competencia económica (ya que ellos tienen por definición un carácter de mayor perdurabilidad en el tiempo); y es que desde la academia a nivel mundial, se ha venido insistiendo en la necesidad de replantear conceptos tanto desde la política pública del derecho de la libre competencia económica, pero igualmente, desde la función de los reguladores.
A forma de referencia, en la literatura sobre política de competencia, académicos han coincidido en que dentro de los aspectos que requieren ser reevaluados bajo entornos digitales se destacan entre otros3
La economía digital ha facilitado la comparación de precios, cerrando la brecha asimetrías en la información y en la selección adversa, empoderando a los consumidores e incentivando desarrollos normativos como resultado de un consumidor más sofisticado;
No obstante lo anterior, y de forma paradójica, el exceso de información podría ser un incentivo para la realización de prácticas colusorias o paralelas contrarias a la libre competencia, lo que demanda un mayor despliegue de las funciones de inspección y vigilancia de las autoridades con las dificultades que ello puede tener considerando las limitaciones que se les imponen por la normatividad vigente;
La competencia está fundamentada en la innovación y en la captura de audiencias en las plataformas digitales, propendiendo por el crecimiento de los efectos de red, lo que obliga a replantear conceptos tales como el de mercados relevantes y el de poder de mercado entre otros;
La sofisticación de la dinámica misma del mercado (que no se circunscribe a las fronteras físicas tradicionales), puede dificultar la distinción entre conductas propias de esos nuevos desarrollos y mercados, y la posible comisión de cualquier práctica contraria a la libre competencia económica (p.e. el uso de algoritmos que permiten ajustar las condiciones de oferta a la demanda).
En conclusión, se espera que en el marco de dicho encuentro, las autoridades de competencia y las NGA’s puedan plantear una hoja de ruta que permita atender progresivamente esas nuevas realidades.
Es claro que existe un problema estructural, y que quizás constituye una de las mayores problemáticas para la materialización de cualquier política pública, y es, la rigidez de los sistemas legales y los tiempos y procedimientos de producción normativa, en contraste con los los rápidos cambios que se dan en entornos digitales.
1 En: https://www.internationalcompetitionnetwork.org/featured/2019-icn-annualconference/
2 En: http://serviciosweb.sic.gov.co/icn-annual-conference-2019/agenda.html
3En:https://academic.oup.com/jeclap/article-abstract/9/1/19/4647344?redirectedFrom=fulltext;
En:https://journals.sagepub.com/doi/abs/10.1177/0003603X18822577#articleCitationDownloadContainer;
En: https://www.econstor.eu/bitstream/10419/169076/1/aej-v19-i45-p354.pdf;